Digitalización, Emprendimiento, Empresa, Innovación
  • hace 2 días
  • Por Elisa del Caño de la Cruz

CO300C – Subvenciones para la Transformación Digital y Modernización del Sector Comercial y Artesanal

El presente informe recoge toda la información necesaria para determinar si puedes optar a las ayudas de la Xunta de Galicia destinadas a la transformación digital, la innovación y la modernización del sector comercial y artesanal en el ejercicio 2026.


Plazo de presentación

Desde el 16 de enero hasta el 16 de febrero de 2026.


Tipo de ayuda
  • Concurrencia no competitiva (las solicitudes se resuelven por orden de entrada).

  • Régimen de minimis.


Organismo convocante

Xunta de Galicia


Objeto de la ayuda

Impulsar la innovación, digitalización, modernización y sostenibilidad del comercio local y del sector artesanal, fomentando la mejora de la competitividad, la eficiencia y la adaptación a los nuevos hábitos de consumo.


Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias, siempre que cumplan los requisitos específicos establecidos en la convocatoria:

  • Personas físicas o jurídicas.

  • Comunidades de bienes.

  • Cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituido.

Los requisitos varían en función del tipo de beneficiario.


Comerciantes minoristas

Podrán acceder a la ayuda los comerciantes minoristas que cumplan todos los siguientes requisitos:

  • Desarrollar su actividad comercial en Galicia y tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma gallega.

  • Tener la condición de PYME, con un máximo de 10 personas empleadas, incluidas las personas en situación de autoempleo.

  • Disponer de tienda física abierta al público.

  • Desarrollar la actividad en un establecimiento con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 m², excepto los comercios encuadrados en el epígrafe 653.1 del IAE (venta de muebles al por menor).

  • No es subvencionable el comercio minorista sin tienda física en esta convocatoria.

Epígrafes del IAE subvencionables

La actividad para la que se solicita la ayuda deberá corresponderse con alguno de los siguientes epígrafes:

    1. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.

    1. Comercio al por menor de carnes, despojos y productos cárnicos elaborados.

    1. Comercio al por menor de pescados y productos de la pesca y acuicultura.

    1. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería, leche y productos lácteos.

    1. Comercio al por menor de vinos y bebidas.

    1. Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general (excepto 647.4 y 647.5).

    1. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.

    1. Comercio al por menor de droguería, limpieza, perfumería y cosméticos (excepto 652.1).

    1. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción (excepto 653.4).

    1. Comercio al por menor de bienes usados.

    1. Comercio al por menor de instrumentos musicales y accesorios.

    1. Otro comercio al por menor.

    1. Comercio minorista por correo o catálogo.

    • En el caso del comercio en línea, no será subvencionable la venta de productos o servicios no incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 13/2010, de comercio interior de Galicia.

Si el IAE principal del negocio es alguno de los siguientes, también podrá ser beneficiario siempre que esté dado de alta adicionalmente en alguno de los IAEs subvencionables anteriores:

  • 255.2 Fabricación de jabones y productos de perfumería.

  • 253.6 Fabricación de aceites esenciales y sustancias aromáticas.

  • 41 Industria de productos alimenticios.

  • 421 Industria del cacao, chocolate y confitería.

  • 423.1 Elaboración de café y té.

  • 43 Industria textil.

  • 44 Industria del cuero.

  • 45 Industria del calzado y confección textil.

En caso de coexistencia de actividades subvencionables y no subvencionables en un mismo establecimiento, el solicitante deberá acreditar que la actividad principal está incluida de forma clara e inequívoca en los epígrafes subvencionables.

Talleres artesanos

Podrán ser beneficiarios los talleres artesanos que:

  • Estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.

  • En el caso de nuevos talleres, soliciten la inscripción antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.


Actuaciones subvencionables

Las actuaciones deberán ejecutarse entre el 25 de octubre de 2025 y el 13 de noviembre de 2026.


Línea 1 – Digitalización e innovación comercial

Subvención del 80 % sobre los siguientes importes máximos (IVA excluido):

Actuación subvencionable Inversión máxima
Página web con o sin venta online 1.200 €
TPV, impresoras, lector códigos, báscula digital 1.200 €
Software de gestión comercial 5.000 €
SEO, SEM y publicidad digital 2.500 €
Gestión de redes sociales e imagen digital 2.000 €
Etiquetado electrónico 2.500 €
Sistemas click & collect 2.500 €
Soluciones de ciberseguridad 2.000 €
Chatbots y asistentes virtuales 1.000 €
Apps móviles y realidad virtual/aumentada 2.500 €
Escaparates y pantallas virtuales 5.000 €
Memoria-proyecto de digitalización (ingeniería informática colegiada) 2.000 €

Línea 2 – Modernización comercial

Subvención del 80 % sobre los siguientes importes máximos (IVA excluido):

Actuación subvencionable Inversión máxima
Reformas, mobiliario y exposición 5.250 €
Proyecto de interiorismo 2.000 €
Puertas automáticas 2.000 €
Iluminación eficiente y sensores 2.000 €
Climatización eficiente 4.000 €
Fachada, aislamiento, toldos y rótulos 2.000 €
Equipamiento comercial y artesanal 5.000 €
Aromatización e hilo musical 1.000 €

Línea 3 – Sostenibilidad ambiental (Qaroní no ofrece estos servicios)

Actuaciones destinadas a la reducción de embalajes y uso de materiales sostenibles:

  • Cajas y sobres de cartón/papel 100 % reciclado

  • Papel vegetal

  • Rellenos y protecciones recicladas

  • Bolsas de papel reciclado

  • Bolsas de tela (algodón, lino o cáñamo 100 %)

Subvención del 80 %, con una inversión máxima subvencionable de 2.500 €.


Requisitos específicos de las actuaciones
Páginas web
  • Dominio y hosting durante 1 año a nombre del negocio.

  • Certificado SSL y protocolo https.

  • Mínimo 4 secciones (inicio, empresa, productos/servicios y contacto).

  • Cumplimiento legal (RGPD, cookies, avisos legales).

  • Web autogestionable y responsive.

  • Desarrollo en CMS o a medida (web en propiedad, no en alquiler).

  • Optimización SEO básica (titles, descriptions, robots.txt y sitemap).

  • Imágenes optimizadas (72 dpi).

  • Herramienta de analítica web instalada.

Página web con venta online
  • Sistema de gestión de ventas sincronizado con el comercio.

  • Al menos el 50 % del catálogo físico disponible online.

  • Pasarela de pago activa.

  • Cumplimiento normativo en protección de datos y comercio electrónico.

Gestión de redes sociales
  • Mínimo 2 publicaciones semanales.

  • Plan mensual de contenidos consensuado.

  • Contenidos multiformato (texto, imagen, vídeo y stories).

  • Imágenes de calidad (mínimo 72 dpi y 600×600 px).

  • Contenidos orientados a mejorar la imagen y el posicionamiento del negocio.

 

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